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El Boat Club cobrará a sus socios una ''cuota extraordinaria'' para pagar un juicio

La Comisión Directiva de la institución celeste informó vía email, a algunos de sus asociados, que deberá pagar cerca de 44 millones de pesos por un juicio que le iniciaron en 2012, luego de que un niño se accidentara en sus instalaciones con un arco que no estaba amurado al suelo. El plan es que lo paguen los socios. Cuánto pretenden cobrarle a cada uno, y cómo evitar que eso suceda.

El C.B.C. perdió un juicio millonario, y busca que lo paguen sus socios.

Este lunes, algunos socios del Campana Boat Club (C.B.C.) recibieron en sus emails un comunicado de la Comisión Directiva de la institución. Salvo rarísimas excepciones, un email del C.B.C. significa ''dolor de bolsillo'' para sus socios. Pero esta vez, no se trató de un aumento en la cuota societaria, sino que la cosa fue más lejos.

¿Qué pasó? En septiembre de 2010, un niño de 12 años estaba jugando al fútbol en el playón polideportivo del club, y en el festejo de un gol se colgó del arco que da a la portería. El mismo se encontraba sin amurar al suelo, se balanceó, cayó e impactó contra el niño.

De acuerdo al expediente N° 96401/201 ''Cherro Gustavo Héctor y otros s/Campana Boat Club y otro s/daños y perjuicios'' - Ordinario - Juzgado N° 91:


''[...] los demandantes relataron en su escrito inicial que el día 18 de septiembre de 2010, aproximadamente a las 16.00 horas, se encontraban en el Campana Boat Club con motivo de la celebración de una fiesta de cumpleaños. Recordaron que, el co-actor Lautaro Cherro, que tenía 12 años en ese entonces, fue a jugar un partido de fútbol con otros niños. En dichas circunstancias, al momento de festejar un gol, un arco de fútbol de hierro cayó violentamente sobre el menor provocándole múltiples lesiones. [...] Si bien la demandada reconoce el evento sucedido, sostuvo que el mismo se produjo por culpa de la víctima por lo que no debe responder.''

Las consecuencias para la salud física y mental de la víctima fueron muy grandes. Dice el expediente:


''[...] diagnóstico de politraumatismo con TEC moderado/grave. [...] Se demuestra la derivación de la internación médica del accionante en la Clínica Itoiz, al día posterior del accidente y en la cual permaneció internado 8 días. Asimismo, surge que el 25 de septiembre de 2010 el demandante fue intervenido quirúrgicamente mediante reducción y osteosíntesis con placa y tornillos biodegradables reabsorbibles. [...] Del informe pericial médico presentado por el especialista Dr. Daniel Roberto Chan surge que el accionante como secuelas de las heridas en la cabeza presenta cicatriz lineal hipercrómica e hiperestésica bitemporal de 28 cm, varias cicatrices post traumáticas en la región parietal posterior, dolorosas y de aspectos queloideos y desviación del tabique nasal hacia la izquierda, con dificultad para la respiración, que padece intensas cefaleas. [...] Se produce una disminución de la capacidad en la vida del Sr. Cherro de relación interpersonal; que el mismo no puede practicar deportes de contacto e indica que, oportunamente, le será dificultoso sortear con éxito un examen preocupacional. [...] el actor deberá someterse a controles odontológicos y neuroquirúrgicos durante 10 años [...] y a una cirugía correctiva del tabique nasal [...] El demandante presenta una incapacidad parcial y permanente en la esfera traumatológica del 60% de la T.O. respecto del suceso de autos. En cuanto a la faz psicológica, señaló que el actor presenta un síndrome de estrés post-traumático, lo que genera una incapacidad parcial y permanente del 10% conforme el baremo del Dr. Castex. Determinó que utilizando el método de capacidad restante del porcentual total, el porcentaje por incapacidad psíquica es del 4%.''


Resolución completa:

Para ver la evolución completa de todo el expediente:

  1. Ingresar a http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam

  2. Ingresar los datos: - NÚMERO: 96401 - AÑO: 2012 - JURISDICCIÓN: Camara Nacional de Apelaciones en lo Civil

¿Qué decidió hacer, ante esto, la Comisión Directiva del C.B.C., presidida por el Sr. Gerardo De Franceschi? Que al monto final a pagar por este juicio perdido lo paguen los socios a través del pago de una ''cuota extraordinaria''.

¿De cuánto es esta cuota extraordinaria que el C.B.C. quiere hacer pagar ''de prepo'' a sus asociados? Si bien el comunicado vía email emitido por la C.D. no lo informa, en la secretaría del club dijeron que será el equivalente a una cuota social de la categoría ''A'' (que históricamente abarcó a socios de entre 18 a 59 años, pero que en la actualidad no tiene límite máximo de edad), es decir, $2900.


Ahora, ¿cómo sostener legalmente esta acción? ¿Puede el club cobrar una cuota extraordinaria por este motivo? Según la C.D. del C.B.C., sí: dicen que la posibilidad está contemplada en los artículos 58 y 78 inciso ''I'' de sus Estatutos Reglamentarios.


Pero veamos:


ARTÍCULO 58

ARTÍCULO 78, INCISO ''I''


''DE LA COMISIÓN DIRECTIVA: Serán sus deberes y atribuciones:''

Como se puede apreciar con suma facilidad, ninguno de los dos artículos mencionados indican que la C.D. del C.B.C. tenga potestades para cobrar una cuota ''extraordinaria'' de forma compulsiva como pretende hacerlo. Cabe señalar que la Justicia le ha dado al club un tiempo de 10 días para abonar los 44 millones de pesos.


Respecto al inciso del artículo 78, pensamos en la posibilidad de que no fuera ''I'' (de Ignacio) sino ''L'' (de Lorenzo). Veamos si encaja:

No, no lo hace tampoco. Por ende, este intento de cobro inconsulto, arbitrario e intempestivo del C.B.C. no es legal.

​Descargá los estatutos completos del C.B.C. en su web oficial: www.cbc.org.ar (sección ''reglamentos'').

El problema mayor lo tienen los socios del C.B.C. que tienen sus cuotas adheridas a débito automático, que representan la inmensa mayoría. Porque, con el paso del tiempo, los asociados que pagan en la secretaría han ido disminuyendo (actualmente, la cuota en secretaría es más cara que si es abonada por por débito directo), y la del cobrador a domicilio ya no es una opción.


En el párrafo final de su comunicado, la C.D. del C.B.C. dice:


''Esperamos que sepan comprender la circunstancia especial que atraviesa la institución y esta resolución tomada por la Comisión Directiva para poder afrontar estos pagos y así evitar el embargo de las cuentas del Club, lo que generaría la cesación de pagos de sueldos, servicios y proveedores''


Además de pretender hacerle pagar el juicio perdido (por responsabilidad de la propia C.D.) a la masa societaria (por motivos ajenos a ella), el Boat Club intenta una especie de ''extorsión emocional'' y utiliza a tal fin a sus empleados y proveedores. El mensaje es claro: acepten esto, porque si no la van a pagar los trabajadores.


A continuación le acercamos a los socios un modelo de nota que pueden presentar en la secretaría para evitar tener que pagar esta ilegal cuota extraordinaria, en especial para aquellos que tienen adheridos sus servicios al débito automático:

Es importante que, al momento de entregar la nota, soliciten que les reciban (con un sello institucional, la fecha, y la firma de algún empleado o dirigente) una copia. Por eso, los instamos a realizar dos impresiones (o una sola, más una fotocopia).


Otra opción es recurrir al ''stop debit'', una opción que ofrecen los bancos para frenar los débitos automáticos [ver más].


Resulta fundamental tener en cuenta que los socios del C.B.C. tienen nula responsabilidad en los hechos acaecidos que terminaron con este juicio y con su sentencia. La decisión de llevar adelante medidas básicas de seguridad para los asociados y visitantes del C.B.C., como la de amurar un arco de fútbol, recae exclusivamente en la C.D. del C.B.C.


En este caso, lo que molesta es que no hubo un pedido de ayuda a los socios, sino un acto compulsivo e inconsulto. Además, al día de hoy ningún asociado del C.B.C. tiene idea sobre este juicio, más allá de lo escueto que se ha informado a través de las Memorias y Balances de la institución. Todo lo que sabe el socio hoy es que, de repente, tendrá que pagar dos cuotas en un mes.

Finalmente, llama la atención que el email fuera enviado a ''algunos'' socios, no a todos, y que el comunicado no haya sido compartido aun ni en la web oficial del C.B.C. ni en sus redes sociales. Es como mínimo sugestivo, además, que los comentarios tanto en el facebook como en el instagram oficial de la entidad hayan sido cerrados.


A continuación, el comunicado enviado por el club:


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