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Foto del escritorCódigo Plural

Sin un protocolo efectivo, al parecer estas fiestas no serán de "pirotecnia cero"

Estas serán las primeras fiestas en las que regirá la ordenanza N°6866, que establece la prohibición de la venta y el uso de fuegos artificiales de explosión o detonación. Sin embargo, la normativa es laxa, poco clara, y tiene un vacío legal que beneficia a sus potenciales infractores. Encima, el municipio recuerda hasta el hartazgo la prohibición de la comercialización pero no menciona la del uso. Desde la mesa de enlace donde se realizan las denuncias nos confirmaron que a quienes venden les envían a inspección para constatar que los productos sean los permitidos pero que contra quienes la usan no tienen herramientas. Las de 2019, parece, no serán fiestas con ''pirotecnia cero'' en Campana.

La ordenanza 6866 rige hace más de 11 meses, pero sobre ella nadie sabe a ciencia cierta nada.

El uso de la pirotecnia viene siendo fuertemente cuestionado por un amplio sector de la sociedad, debido al daño que provoca tanto a personas como a animales, y es por eso que año a año se intenta generar conciencia. Paralelamente en Campana se implementará desde estas fiestas la ordenanza que rige desde el pasado 2 de enero que prohíbe la fabricación, venta y uso de pirotecnia de explosión y detonación. Si bien a través de los medios y sus redes sociales el Municipio viene llevando adelante una intensa campaña que recuerda la prohibición de la venta (y a tal fin proporcionó un número para realizar denuncias), por alguna razón no está haciendo lo mismo con la prohibición del uso que está establecida en el Art. 2 de la ordenanza. Es por esto que, por lo menos por este año, no parece ser posible que se combata seriamente la pirotecnia explosiva y de detonación luego de las 00:00 de esta Navidad y Año Nuevo. En primera instancia porque la ordenanza ya fue violada el día 1 de la ''temporada festiva 2019'' cuando en la Summer Fest realizada por la empresa DreamClub en el Campana Boat Club se realizó un cierre de fuegos artificiales con detonaciones. Aunque, cabe destacar, la ordenanza tiene un artículo que establece que el Ejecutivo Municipal puede autorizar el uso de pirotecnia a modo de ''habilitación especial'' (una excepción) en momentos determinados, y si bien hemos intentado averiguar aun no sabemos si desde la producción del evento cometieron la infracción o arbitrariamente les fue concedido un permiso especial.

Lo que nos lleva a preguntarnos cómo actuará la misma empresa productora de eventos en la fiesta de Navidad que realizará en la cancha de Dálmine y posteriormente en la fiesta de Año Nuevo. ¿Tendrán ellos el permiso del Intendente para hacer los shows de fuegos artificiales? ¿Qué justificación valedera podría esgrimir el Depto. Ejecutivo para conceder un permiso en este caso? ¿Acaso los cohetes de DreamClub tienen menor nivel de nocividad para animales y personas autistas que los que pueda tirar un particular en la calle en el barrio San Felipe? O bien ¿preferirán afrontar la multa? Al no saber aún cuáles son las consecuencias de violar la ordenanza y usar pirotecnia (tras 11 meses de regir la misma, es inconcebible que aun la ciudadanía no sepa cuáles son las multas) no es posible conocer el costo-beneficio de hacer el cierre tradicional. Volviendo a lo puramente práctico, las denuncias deben realizarse al teléfono 423263. Allí la operadora tomará la denuncia, ésta será derivada a inspección, y allí deberán acercarse hasta los puestos de venta y controlar habitaciones y que vendan los cohetes que sí están permitidos, los de categoría A11 (de bajo riesgo como estrellitas, chasquidos, cebitas, etc) y B3 (de riesgo limitado que pueden explotar en masa, como cohetes, petardos, cañitas voladoras, luces artificiales). Este es otro problema, porque nadie aun ha difundido un listado claro, exhaustivo y detallado de los items prohibidos y aceptados, y éste además es inencontrable en la web. En la práctica, ¿cómo sabe alguien qué puede y qué no denunciar?


Si los inspectores identifican pirotecnia prohibida deberán decomisarla. Y el vendedor infractor deberá enfrentar las consecuencias. Pero cómo lo hará es un misterio: tal como ya hemos mencionado, no se conoció públicamente cuál será la multa o sanción por la venta (tampoco por el uso). Esta medida nos lleva a preguntarnos, ¿habrá muchos inspectores de turno para acudir a cada puesto los días 24 y 31?. Según pudimos conocer, una vecina denunció el lunes por la mañana un punto de venta. Al hacerlo, le confirmaron que desde el sábado estaba notificado, es decir, que 3 días después no había sido atendido el reclamo.

Finalmente, una de las cosas que generó más controversia fue la cuestión del uso de la pirotecnia [LEER MÁS]. En este caso, consultada la mesa de enlace donde deben realizarse las denuncias, nos confirmaron que si bien las tomarán no tienen las herramientas para dar respuesta, que debido a las fechas se priorizarán las emergencias, y que las denuncias por el uso solo serán atendidas si realmente generan una molestia mayor. Desafortunadamente no están dadas las condiciones para que el eslogan "pirotecnia cero" se cumpla en la actualidad en Campana. Ni cerca. Por el momento seguirá siendo una frase vacía (o ''llena de humo'') porque comenzando por el propio articulado de la ordenanza (laxa, con posibilidades de excepciones arbitrarias, y poco clara) y terminando por una implementación que no cuenta ni siquiera con un protocolo mínimo a seguir, es que seguramente volveremos a ver sufrir a nuestras mascotas (VER: ''Animal Planet emitirá una programación especial con contenidos creados para perros, los próximos 24 y 31 de diciembre'' en Página/12) y a las personas con autismo.


PREGUNTAS SIN RESPUESTAS:

  • ¿Por qué el municipio no recuerda a la ciudadanía la prohibición del USO de pirotecnia, tal como lo establece el art.2 de la ordenanza vigente 6866?

  • ¿El Campana Boat Club recibió una ''habilitación especial'' de parte del Depto. Ejecutivo para tirar pirotecnia estruendosa y de detonación, o infringió la ordenanza? En caso de haberla infringido ¿qué multa pagó?

  • ¿Cuáles son las multas para los que vendan y o usen pirotecnia prohibida?

  • ¿Cómo controlará el municipio?

  • ¿Donde está el listado de items pirotécnicos prohibidos, para que los vecinos podamos denunciar en caso de que sea necesario?

  • ¿Qué criterios podrían llevar al Depto. Ejecutivo a dar una habilitación especial?

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